Acción penal

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El TS fija doctrina legal sobre el ejercicio simultáneo de la acción penal y civil respecto a daños derivados del delito de conducción etílica

31 de julio de 2017 Jurisprudencia DOCTRINA LEGAL

Salvo que el perjudicado se haya reservado la acción civil para ejercerla en esta jurisdicción, el ejercicio simultáneo de la acción penal y civil es la norma general de nuestro sistema penal. La exclusión de esta simultaneidad provoca quiebra del derecho a la tutela judicial efectiva al obligar al perjudicado a un «peregrinaje jurisdiccional», es decir, a acudir a la vía civil para solicitar lo que le negó la penal.

Criterios de la Fiscalía General del Estado sobre el ejercicio de la acción penal en los delitos leves, introducidos por la reforma legal del Código Penal

24 de junio de 2015 Noticias Delitos leves

Ante la inminente entrada en vigor de la reforma del Código Penal, que introduce la figura de los delitos leves, la Fiscalía General del Estado ha remitido una Circular estableciendo sus criterios para el ejercicio de la acción penal, por parte del Ministerio Público, para la persecución de dichos delitos:

Absuelto de un delito de estafa el titular de un establecimiento de «santería» abierto al público con todos los permisos necesarios, por el poco éxito de un ritual realizado

Dado el que la actividad realizada por el establecimiento de santería, en el ámbito del esoterismo y facultades paranormales o extrasensoriales, es legal y cuenta con los permisos y licencias correspondientes para su explotación en un negocio abierto al publico, es evidente que la prestación de dichos servicios a quienes acuden de forma voluntaria y con conocimiento de su contenido y de la prestación económica que deben efectuar a cambio del servicio ofertado, no pueden ser objeto de infracción penal.

Absuelto de un delito de estafa el titular de un establecimiento de «santería» abierto al público con todos los permisos necesarios, por el poco éxito de un ritual realizado

Dado el que la actividad realizada por el establecimiento de santería, en el ámbito del esoterismo y facultades paranormales o extrasensoriales, es legal y cuenta con los permisos y licencias correspondientes para su explotación en un negocio abierto al publico, es evidente que la prestación de dichos servicios a quienes acuden de forma voluntaria y con conocimiento de su contenido y de la prestación económica que deben efectuar a cambio del servicio ofertado, no pueden ser objeto de infracción penal.

Absuelto de un delito de estafa el titular de un establecimiento de «santería» abierto al público con todos los permisos necesarios, por el poco éxito de un ritual realizado

Dado el que la actividad realizada por el establecimiento de santería, en el ámbito del esoterismo y facultades paranormales o extrasensoriales, es legal y cuenta con los permisos y licencias correspondientes para su explotación en un negocio abierto al publico, es evidente que la prestación de dichos servicios a quienes acuden de forma voluntaria y con conocimiento de su contenido y de la prestación económica que deben efectuar a cambio del servicio ofertado, no pueden ser objeto de infracción penal.

Aspectos constitucionales y procesales del internamiento por razón de trastorno psíquico: especial referencia a la STC 132/10 y a la naturaleza jurídica-procesal de la institución

El objeto del presente trabajo tratará sobre la llamada figura del “internamiento por razón de trastorno psíquico de una persona que no está en condiciones de decidirlo por sí”. Se mueve dentro del ámbito civil, puesto que la persona a la que se le va a privar de libertad, en principio, no ha cometido ninguna infracción penal. Y se la va a internar para proteger a la sociedad, sí, pero también y fundamentalmente, para protegerla a ella misma y a su familia, ostentando esta institución jurídica un carácter más bien asistencial.

La Corte Penal Internacional y su afectación al Derecho Militar

Esta minimonografía tendrá la principal pretensión de indagar qué tipo de colaboración con la Justicia Internacional Penal puede jugar concretamente el Asesor militar-jurídico en tales misiones. Además de no existir en este foro la figura del abogado acusador –el monopolio de la acción penal en el TPI la tiene el Fiscal- en un ambiente multinacional se constata que el asesor no deja de ser un defensor de nuestra Fuerza militar operativa y sus componentes, que no de sus componentes; ello en el bien entendido de que el rol de ambas figuras es distinto y, por tanto, sin que se las deba confundir.

Criminología Juvenil

01 de noviembre de 2007 Artículos doctrinales CRIMINOLOGÍA

Los actos criminales siempre los llevan a cabo seres humanos. Hombres y mujeres, jóvenes y mayores, con su comisión, se convierten en delincuentes. Por esta razón, se hacen sospechosos de haber quebrantado la ley, son denunciados, perseguidos, castigados, y se intenta resocializarlos. Tal es la consideración del Derecho Penal: delincuente es el sujeto activo de la infracción penal, de cuya persecución, condena y envío a prisión se encargan los sistemas de control formal, escasamente preocupados de ahondar y comprender el porqué del delito, sus causas, efectos, remedios, etc.

El Senado aprueba el nuevo Código Penal, que entrará en vigor en seis meses

10 de junio de 2010 Noticias CÓDIGO PENAL

En opinión del Ministro de Justicia, el nuevo código es adecuado para conseguir importantes fines preventivos porque dota de los instrumentos con los que perseguir más eficazmente la criminalidad de corte socioeconómico y las diferentes formas de corrupción, y permite a los jueces y tribunales modular la intensidad de la reacción penal en ciertos supuestos en los que ésta puede resultar excesiva.

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